Cláusulas Suelo. Retroactividad. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha concedido la retroactividad total de la devolución de las cantidades cobradas en exceso, condenando a la banca a su devolución íntegra STJUE de 21/12/2016. Los Tribunales españoles ya han comenzado a aplicar la sentencia de las cláusulas suelo, tras las demandas presentadas.
Devolución costes de la escritura. La Sentencia del Tribunal Supremo 322/2015 de 23/09/2015, declara que son nulas las cláusulas que imponen al consumidor todos los costes derivados de la concertación del contrato como consecuencia de la intervención notarial y registral y el pago de los tributos en los que el sujeto pasivo es el banco.
Para conseguir la nulidad de cualquiera de las cláusulas anteriormente mencionadas, así como su devolución deberá acudir a los Juzgados españoles, demandando ante estos la inaplicabilidad de las cláusulas contenidas en el contrato.
Para ello, y para más información pueden ponerse en contacto con el servicio de HFC LEGAL, en el 942310962 o en hfclegal@inforpymes.com
Santander 20 Febrero de 2017